Sistema especializado de justicia de la niñez fue tema de análisis en la Comisión de la Niñez

Sistema especializado de justicia de la niñez fue tema de análisis en la Comisión de la Niñez

La Comisión de la Niñez aprobó varios artículos correspondientes del Libro III del Código para la Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes (COPINNA) en temas relacionados con los órganos de la Función Judicial, especialidad y especificidad en la administración de justicia, justicia indígena y derechos de las niñas, niños y adolescentes, unidades de fiscalías especializadas, defensores públicos del sistema especializado de justicia y oficina técnica.

Según las normas aprobadas que formarán parte del informe para el conocimiento del Pleno de la Asamblea Nacional, la justicia especializada para la protección integral de niñas, niños y adolescentes se impartirá a través de los órganos establecidos en este Código.

La norma prevé que los operadores de justicia que participen en los procesos que vinculen a niñas, niños y adolescentes serán especializados y específicos y el Consejo de la Judicatura garantizará peritos en Medicina Legal, Psicología, Trabajo Social, Antropología Jurídica, Sociología Jurídica, Criminalística Integral y demás expertos que participen en estos procesos, incluidos aquellos que se relacionen con las investigaciones de las infracciones penales en contra de este sector de la sociedad.

Además, determina que las autoridades de las comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas ejercerán sus funciones jurisdiccionales en los casos relacionados con las niñas y niños, con base en sus tradiciones ancestrales y su derecho propio, dentro del ámbito territorial, siempre que no contraríen sus derechos humanos reconocidos en la Constitución y otros instrumentos internacionales.

Prevé que la unidades de fiscalía del sistema especializado de justicia de niñas, niños y adolescentes serán de dos tipos: unidades especializadas de la fiscalía de responsabilidad penal de adolescentes de acuerdo con lo dispuesto en el Libro IV; y, las unidades de delitos contra este sector de la sociedad, que ejercerá sus funciones en torno a la comisión de presuntos delitos cuyas víctimas sean niñas, niños y adolescentes y especialmente se encargará de realizar un impulso preprocesal y procesal para el acceso a la justicia penal en caso de que sean víctimas de delitos, entre otros aspectos.

También determina que los defensores públicos del sistema especializado de justicia de niñez y adolescencia serán de dos tipos: Unidades Especializadas de la Defensoría Pública de responsabilidad penal de adolescentes; y, la Unidades de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes, que se encargarán de brindar patrocinio, asesoría y asistencia técnica, gratuita y especializada.

Así mismo, la unidades judiciales y juzgados únicos de protección integral de niñas niños y adolescentes de responsabilidad penal y de control jurisdiccional contarán con una oficina técnica, de acuerdo con lo dispuesto en la ley de la materia judicial, que contará con personal especializado.

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