(O) "Sociabilización o Participación"

(O)   "Sociabilización o Participación"

Redacción Central

5 agosto, 2021

Mucho se habla en los Gobiernos Seccionales sobre la ‘socialización’ de los proyectos que nacen de la iluminación de los poderes locales, particularmente los Alcaldes y su círculo de poder. Esta es una novedad que vino con el proyecto de descentralización y autonomía aprobado como parte del paquete de reformas de fondo, luego de la promulgación de la Constitución de Montecristi. Lamentablemente, se ha tergiversado su concepto, para adaptarse a los intereses de una clase política que no tiene intenciones de ceder su poder omnímodo para compartirlo con la ciudadanía.

Es necesario recordar que la Constitución dispone que los ciudadanos “participarán de manera protagónica en la toma de decisiones, planificación y gestión de los asuntos públicos…”, lo cual debe ocurrir con oportunidad, cuando se esboza el plan de desarrollo y ordenamiento territorial, el presupuesto participativo, el plan operativo anual y se definen las ‘prioridades’ de inversión que los ‘mandantes’ deberían resolver para ejecución del Alcalde o Prefecto Provincial. En ese punto, son ellos quienes deben presentar el diagnóstico de los problemas que enfrenta el Gobierno local. Sobre esa base, los conciudadanos determinarían las prioridades, considerando que las necesidades son siempre superiores a las disponibilidades.

Penosamente, no se ha observado este ejercicio participativo transparente en los Gobiernos Seccionales de Cotopaxi. Continúa imperando el estilo de imposición de los administradores elegidos, quienes gobiernan con su propia visión, aupada por un círculo de asesores y directores que priorizan mantener la confianza del jefe antes que aportar con criterios sustentados en la técnica y la legalidad. Los intereses detrás de esas ‘prioridades’ están alejados de los anhelos de progreso de los ciudadanos, que se desobligan y miran en otra dirección.

Sin embargo, para no dejar de cumplir de alguna manera con la participación de los ciudadanos, se ejecutan unas improvisadas presentaciones llamadas ‘socializaciones’ del proyecto, en el momento que se encuentra en condiciones de ejecución, cuando la decisión ya está tomada, prescindiendo de la voluntad del Soberano. Independientemente de lo antedicho, los ejecutores de proyectos tienen la obligación de informar a la ciudadanía que será afectada directamente por la obra, comunicando las precauciones que se han tomado para minimizar las molestias mientras dure la obra. Esta es la verdadera ‘sociabilización’ sin participación, que significa informar a la comunidad los efectos de la obra a ejecutarse, sin poder de decisión sobre ella.

En resumen, la Constitución otorga poder de decisión por medio de la participación protagónica en la gestión pública y lo que recibimos es una mera ‘comunicación’ de lo decidido por el poder local, a espaldas del pueblo gobernado. Es esta la razón por la que se genera malestar al momento de iniciar obras que la mayoría no consideran prioritarias, dejando relegadas aquellas de mayor importancia que la clase política por lo general las ignora, pues no se ajustan a sus intereses individuales o de grupo.

El Cootad establece que el ejercicio de cada Gobierno Autónomo Descentralizado se realizará a través de tres funciones integradas: Ejecutiva, Legislativa y Participación Ciudadana, de las cuales únicamente funcionan las dos primeras, sin que hasta el momento se haya inaugurado eficazmente la tercera, siendo la más importante. Más de una década de vigencia de esta estructura participativa no ha servido para cambiar los mecanismos de administración de la cosa pública local. Nunca es tarde para corregir el rumbo, pues la gestión seccional dista mucho de las aspiraciones de sus pueblos. Existen los mecanismos que dotan de poder decisorio a los ciudadanos. Resta la decisión de asumir ese rol protagónico y defender el gobierno tripartito. Es un derecho y una obligación ciudadana que debemos asumir.

¡PARTICIPEMOS DE FORMA PROTAGÓNICA!